El salario

Por: Yaira Ivonne León Netzahual

Si bien es cierto que es muy posible tener un conocimiento coloquial sobre lo que es un salario la realidad es que muchos aún mantienen un desconocimiento sobre su base legal que le brinda una formalidad. Podemos definir al salario como aquella remuneración económica la persona obtiene a cambio de ejercer un trabajo, también se le pueden asignar sinónimos como paga, sueldo o remuneración, siendo de manera general una de dinero que se brinda de manera regular a un trabajador o empleado a cambio de un tiempo de trabajo determinado.

Con base al CAPITULO V, en su artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo, podemos definir al salario de la siguiente manera:

“Es la retribución que debe pagar la empresa o patrón al trabajador por su trabajo. “


Además de lo anterior el salario mínimo es la retribución más baja que puede recibir el trabajador por sus servicios prestados en una jornada de trabajo.

Dentro de la Ley aplicable a la materia también se habla de que la facultad brindada al patrón con relación a poder hacer deducciones al salario de los trabajadores siempre y cuando exista algún tipo de prestación, siempre y cuando sea un beneficio superior a la cantidad descontada.

Formas de fijarlo

En el artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo se establece:

“El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.

Tratándose de salario por unidad de tiempo, se establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social que correspondan a la plaza de que se trate. El ingreso que perciban los trabajadores por esta modalidad, en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada diaria.

(PÁRRAFO ADICIONADO D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2012)

Cuando el salario se fije por unidad de obra, además de especificarse la naturaleza de ésta, se hará constar la cantidad y calidad del material, el estado de la herramienta y útiles que el patrón, en su caso, proporcione para ejecutar la obra, y el tiempo por el que los pondrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad alguna por concepto del desgaste natural que sufra la herramienta como consecuencia del trabajo.”

Aunado a lo anterior podemos entonces hablar de que un salario puede determinarse de las siguientes maneras:

  • Salario fijo o salario nominal: Aquel que se le abonará en cierto periodo de tiempo, de forma recurrente.
  • Unidad de tiempo: Fijada mediante la temporalidad de jornada, sea diaria, decenal, semanal, quincenal, mensual
  • Unidad de obra: Es decir hasta que se concluya la obra. Sin importar el tiempo que tome culminar la labor.
  • Comisiones: Adicional al salario se pueden ofertar bonos de comisiones según los resultados en ventas. 
  • Salario Mixto: Regularmente considera una parte fija y otra variable.
  • Salario en especie: Es un salario que se paga utilizando productos o servicios y no con dinero


Clasificación:

Si bien el pago del salario puede tener lugar mensualmente, quincenalmente, semanalmente o incluso diariamente dependiendo de la relación laboral existente en la dinámica de trabajo, en la cual pueden intervenir otros factores como el nivel de profesionalización, el horario, exposición de la actividad, entre otros.

Además de lo anterior con base a lo indicado en los artículos 84, 85,86 y 88, el salario se integra no solo con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria sino también en cuanto a:

  • ·         Gratificaciones.
  • ·         Percepciones.
  • ·         Habitación.
  • ·         Primas.
  • ·         Comisiones.
  • ·         Prestaciones en especie, y
  • ·         cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo


Sin omitir mencionar que el salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de la Ley previamente referida, y en el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que, para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos

Así mismo el trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual.

Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.

Referencias:

  • Gobierno de México (2015) Condiciones de trabajo. https://www.gob.mx/derechoslaborales/articulos/condiciones-de-trabajo
  • Bouzas, J. A. y Reyes, G. (2017) Derecho individual del trabajo. IURE Editores. https://elibro.bibliotecabuap.elogim.com/es/ereader/bibliotecasbuap/40227
  • Ley Federal del Trabajo. Última Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf

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