El salario
Si bien es cierto que es muy
posible tener un conocimiento coloquial sobre lo que es un salario la realidad
es que muchos aún mantienen un desconocimiento sobre su base legal que le
brinda una formalidad. Podemos definir al salario como aquella remuneración
económica la persona obtiene a cambio de ejercer un trabajo, también se le
pueden asignar sinónimos como paga, sueldo o remuneración, siendo de manera
general una de dinero que se brinda de manera regular a un trabajador o
empleado a cambio de un tiempo de trabajo determinado.
Con base al CAPITULO V, en su artículo
82 de la Ley Federal del Trabajo, podemos definir al salario de la siguiente
manera:
“Es la retribución que debe pagar la empresa o patrón al trabajador por su trabajo. “
Además de lo anterior el
salario mínimo es la retribución más baja que puede recibir el trabajador por
sus servicios prestados en una jornada de trabajo.
Dentro de la Ley aplicable a la
materia también se habla de que la facultad brindada al patrón con relación a
poder hacer deducciones al salario de los trabajadores siempre y cuando exista algún
tipo de prestación, siempre y cuando sea un beneficio superior a la cantidad
descontada.
Formas de fijarlo
En el artículo 83 de la Ley
Federal del Trabajo se establece:
“El salario puede fijarse por
unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de
cualquier otra manera.
Tratándose de salario por
unidad de tiempo, se establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador
y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario
remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre
y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos
laborales y de seguridad social que correspondan a la plaza de que se trate. El
ingreso que perciban los trabajadores por esta modalidad, en ningún caso será
inferior al que corresponda a una jornada diaria.
(PÁRRAFO
ADICIONADO D.O.F. 30 DE NOVIEMBRE DE 2012)
Cuando el salario se fije por unidad de obra, además de especificarse la naturaleza de ésta, se hará constar la cantidad y calidad del material, el estado de la herramienta y útiles que el patrón, en su caso, proporcione para ejecutar la obra, y el tiempo por el que los pondrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad alguna por concepto del desgaste natural que sufra la herramienta como consecuencia del trabajo.”
Aunado a lo anterior podemos entonces hablar de que un salario puede determinarse de las siguientes maneras:
- Salario fijo o salario nominal: Aquel
que se le abonará en cierto periodo de tiempo, de forma recurrente.
- Unidad de tiempo: Fijada
mediante la temporalidad de jornada, sea diaria, decenal, semanal,
quincenal, mensual
- Unidad de obra: Es
decir hasta que se concluya la obra. Sin importar el tiempo que tome
culminar la labor.
- Comisiones: Adicional
al salario se pueden ofertar bonos de comisiones según los resultados en
ventas.
- Salario Mixto: Regularmente considera una parte fija y otra variable.
- Salario en especie: Es un salario que se paga utilizando productos o servicios y no con dinero
Clasificación:
Si bien el pago del salario
puede tener lugar mensualmente, quincenalmente, semanalmente o incluso
diariamente dependiendo de la relación laboral existente en la dinámica de
trabajo, en la cual pueden intervenir otros factores como el nivel de
profesionalización, el horario, exposición de la actividad, entre otros.
Además de lo anterior con base
a lo indicado en los artículos 84, 85,86 y 88, el salario se integra no solo con
los pagos hechos en efectivo por cuota diaria sino también en cuanto a:
- ·
Gratificaciones.
- ·
Percepciones.
- ·
Habitación.
- ·
Primas.
- ·
Comisiones.
- ·
Prestaciones en especie, y
- ·
cualquiera otra cantidad o prestación que se
entregue al trabajador por su trabajo
Sin omitir mencionar que el salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de la Ley previamente referida, y en el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que, para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos
Así mismo el trabajo igual,
desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales,
debe corresponder salario igual.
Los plazos para el pago del
salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan
un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.

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